Aval al intercambio de presos entre Italia y Colombia

Los italianos condenados en Colombia podrán pedir el retorno a su país para cumplir allí la pena impuesta, luego que la Corte Constitucional colombiana declarara válida y ajustada a la Carta Magna el tratado binacional y la norma que habilitó el intercambio de presos.

La ley, que también opera para los colombianos hallados culpables en tribunales italianos, no aplicará cuando se trate de personas condenadas por magnicidios, genocidios, actos terroristas y delitos políticos o militares.

Los solicitantes deberán tener al menos un año de condena, cada caso será sometido a estudio individual y no será obligatorio para las partes conceder el beneplácito, aunque se informarán las razones cuando sea negado el pedido de traslado, estableció entre otras la norma.

La ley señaló que habrá prioridad de traslado para los presos con graves enfermedades o en fase terminal, para los mayores de 65 años y para quienes estén en estado de invalidez.

Los costos de la repatriación los asumirá el país de origen y antes del envío se deberá determinar la prisión donde cada persona cumplirá su condena.

El anhelo de establecer un intercambio de prisioneros entre Italia y Colombia no es nuevo.

En 2016, Roma y Bogotá firmaron un tratado para tal efecto, pero solo fue hasta 2022 cuando se tramitó en el Legislativo colombiano la ley que estableció las condiciones, requisitos y alcances del acuerdo.

Pese a que la ley fue aprobada el año anterior por mayorías, no fue sino hasta hace unos días cuando la Corte Constitucional decidió estudiarla y fallar, en el marco de su obligación de revisar la legalidad de los tratados internacionales y de las leyes que los habilitan.

Tras la revisión, «la Corte concluyó que el Tratado entre la República de Colombia y la República Italiana sobre el traslado de personas condenadas, y el proyecto de ley aprobatoria del mismo (…) cumplieron con las exigencias formales previstas en la Constitución y la ley» y confirmó que «se respetaron los parámetros constitucionales y legales».

Resaltó una parte de la sentencia emitida por la Corte Constitucional.

Con información de Ansa Latina

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